Todo lo que necesitas saber, para tu certifcado energético en Ontinyent

¿Va a comercializar su inmueble? Sepa que deberá disponer del certificado energético correspondiente

Comercializar un inmueble conlleva bastantes más tareas que exponer un cartel en la fachada. Una de ellas, que pocas veces se tiene en cuenta por los vendedores, es que la vivienda disponga del certificado energético correspondiente. Es una imposición legal recogida en el Real Decreto 235/2013 y su incumplimiento pueden acarrear importantes consecuencias. 

En estas líneas daremos algo de luz a este asunto.

¿Qué es el certificado energético?

Es un documento informativo necesario para alquilar o vender un inmueble. Incluye la calificación de la eficiencia energética y el consumo de un edificio o parte de éste (vivienda, local, oficina, etc.), información del procedimiento seguido, descripción de las características energéticas y recomendaciones de mejora que se pueden realizar.

 

Esta calificación debe ser firmada por un técnico competente y registrada en el organismo oficial de la Comunitat Valenciana para que tenga el carácter de certificado.

Este exigencia normativa tiene carácter estatal y afecta tanto a viviendas de Ontinyent o Xàtiva como de Madrid o Burgos, por poner ejemplos.

 ¿En qué casos es imprescindible?

Atendiendo al Real Decreto 235/2013 lo es siempre que se vendan o alquilen edificios o parte de los mismos, eso incluye pisos, apartamentos y locales comerciales. Desde junio de este año también es obligatorio cuando el alquiler del inmueble va dirigido al alquiler vacacional.

Ámbitos de aplicación:

a) Edificios de nueva construcción.

b) Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.

c) Edificios o partes de edificios en los que, una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

Son pocas las excepciones a estas reglas generales. Entre ellas, que el inmueble tenga menos de 50 m2, que se destine a uso industrial o religioso, que vaya a ser demolido o que este sometido a protección especial.

¿Qué ocurre si mi vivienda no dispone de dicho certificado?

Lo que resulta básico conocer es que, si pone su casa en venta, debe disponer del correspondiente certificado energético. De no ser así, se arriesga a ser sancionado con multas que, en virtud de la gravedad van desde los 300 € hasta los 6.000 €.

Respecto al coste de su emisión por técnico competente oscila entre los 150 y los 300 € dependiendo de las características del inmueble certificado.

Si decide confiar la venta de su inmueble a KAPITALIA INMOBILIARIA nosotros nos encargaremos de este trámite esencial como hacemos con el resto de requisitos necesarios para vender su vivienda de forma segura, rápida y eficaz.


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