Las 5 cosas que se pueden reclamar y ganar a un banco

Desde hace un tiempo, la Justica ha sacado los colores a la banca por abusar de la confianza de sus clientes en casos como las cláusulas suelo, los gastos de la hipoteca o los preferentes. Hay cinco casos donde la reclamación al banco está ganada.La relación del cliente con la banca en España ha cambiado. Que existe una gran desconfianza en los bancos en nuestro país por parte de los ahorradores es vox pópuli. Por eso, tras los controvertidos escándalos de los últimos años que han afectado al sistema financiero, con procesos como los de las cláusulas suelo opacas, las preferentes y la salida a bolsa de Bankia, reclamador.es ha elaborado una guía con 5 productos que se pueden reclamar al banco y que gran parte de los usuarios aún desconocen:


1. Puedes reclamar las comisiones por impagos

Son comisiones que los bancos cobran cuando el cliente se retrasa en el pago de la cuota de algún préstamo o tarjeta. Su sentido es compensar a la entidad por gastos que pueda tener al reclamar la deuda, pero no pueden cobrarla sin más, solo por el hecho de haber enviado cartas tipo a sus clientes, la entidad debe acreditar que las gestiones que han hecho hayan generado un gasto como para cobrar esa comisión que van desde los 30 a los 80 euros por cuota retrasada.

Éste es un problema muy común sobre el que el Servicio de Reclamaciones de Banco de España se pronuncia todos los años en su Memoria de Reclamaciones y, sin embargo, los bancos siguen cobrándolas indebidamente porque saben que son pocos los clientes que las reclaman.

2. Puedes reclamar seguros que nunca te llegarán a cubrir

Cada vez es más habitual que los bancos coloquen seguros cuando el cliente contrata algún tipo de préstamo. La mayoría son seguros poco interesantes para el usuario y buscan proteger al banco. Lo más llamativo de esta práctica, según reclamador.es, es que el banco imponga un seguro que el consumidor nunca va a poder utilizar ni por el que va a obtener beneficio alguno.

Esto sucede con muchos de los ‘seguros de protección de pagos’. El gancho principal para estos seguros es contar que si el usuario se queda en desempleo, el seguro se hará cargo de un número de cuotas del préstamo. Parece interesante ante la inestabilidad actual del empleo pero esconde una trampa importante. Según reclamador.es, en la mayoría de estos seguros para que el usuario pueda disfrutar de la cobertura se debe haber tenido un contrato fijo cuando se contrata. Aun así los bancos venden estos seguros a personas con contratos temporales, conociendo perfectamente la situación laboral del usuario. En cambio, estos desconocen que no podrán disfrutar de la cobertura hasta que se quedan en desempleo.

En estos casos hay que reclamar la devolución de todas las primas del préstamo ya que el banco no puede vender un seguro que nunca va a cubrir verdaderamente al afectado.

3. Puedes reclamar copia de tus contratos

Tanto para operaciones de préstamo como de ahorro, los usuarios tienen derecho a solicitar copia de estos contratos en el banco, ya sea porque los haya perdido o porque la entidad no le facilitó el acceso a estos en el momento de la contratación.

Son muchas las trabas que ponen los bancos cuando uno de sus clientes quiere copia de algún documento (ejemplo: escritura de hipoteca, contrato de valores, etc.). Por eso, la compañía online líder en reclamaciones en España recomienda que siempre se solicite por escrito y con acuse de recibo en la oficina del banco. Y ante cualquier impedimento se debe acudir al Servicio de Atención al Cliente del propio banco.

Este es un problema muy común entre las personas que quieren comprobar si su hipoteca tiene cláusula suelo. En ese sentido, reclamador.es asesora a sus clientes a conseguir la documentación para que el banco cumpla su obligación.

4. Puedes reclamar los gastos de tu hipoteca

Todas las hipotecas tienen gastos y la mayoría de los bancos en España los han cargado siempre al cliente. Sin embargo, los costes que impone la banca al formalizar hipotecas, como los gastos de registro y notaría y el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD); entre otros, se pueden reclamar. Así lo consideran cada vez con más claridad los tribunales que señalan en sus sentencias que son gastos por servicios que no solo benefician al cliente y por eso no se les debe cargar en exclusiva al hipotecado. El Supremo ha declarado nulas estas cláusulas y, por lo tanto, las entidades financieras tendrán que devolver gran parte de este dinero a los afectados que lo reclamen.

Según reclamador.es, en España existen 8,2 millones de afectados, con hipotecas aún en vigor o canceladas en los últimos diez años. En reclamador.es la media de los gastos de formalización que reclaman los afectados de toda España a través de la compañía online es de 3.400 euros, con una hipoteca media de 143.000 euros.

Teniendo en cuenta todos los gastos de constitución de una hipoteca, el coste que supone una de 150.000 euros podría suponer un desembolso de entre 2.800 y 4.400 euros de media en España.

5. Puedes reclamar la cláusula suelo, las hipotecas multidivisa y los bonos convertibles del Banco Popular

La cláusula suelo de las hipotecas, las hipotecas multidivisa, los bonos convertibles del Banco Popular así como otros productos financieros nocivos han sido declarados nulos por numerosos juzgados y se pueden reclamar. Los usuarios pueden recuperar su dinero.

Recomendaciones para evitar problemas con el banco

1. Guardar toda la documentación y los recibos así como las conversaciones (correo electrónico) con el banco. Si no se encuentra algún contrato, se puede solicitar una copia en la oficina.

2. Leer detenidamente los contratos y no firmar ningún clausulado demasiado técnico que no se comprenda o pedir asesoramiento para contratos complejos.

3. Recopilar las pólizas de los seguros que se tienen contratados para evitar tener algunos poco útiles o repetidos.

4. Poner en duda las comisiones que lleguen a la cuenta bancaria y que no se correspondan con los servicios prestados.


Artículo extraído íntegramente en Intereconomía.com.  ENLACE A LA NOTICIA ORIGINAL.

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